Así es, tal y como se recoge en el borrador del anteproyecto del Código Procesal Penal que tiene previsto sustituir a la actual ley de Enjuiciamiento Criminal, se incluye la posibilidad de emplear software calificado como spyware o troyanos que permita el acceso remoto a un dispositivo electrónico en el proceso de investigación de un delito grave.
Es decir, que los jueces podrían autorizar la utilización de este tipo de programas siempre y cuando esto contribuya a determinar el autor de un delito o comprender mejor los hechos del delito. Así pues con esta medida se estaría convirtiendo a este tipo de programas en una herramienta en esta ocasión del lado de la ley. Por otro lado, los proveedores de acceso o servicios telemáticos y los titulares o responsables del sistema informático o base de datos que se están investigando deben colaborar en la investigación. Y otro detalle más a destacar es que queda abierta la posibilidad de «reclutar» a expertos de forma que «cualquier persona que conozca el funcionamiento del sistema informático o las medidas aplicadas para proteger los datos informáticos contenidos en el mismo que facilite la información que resulte necesaria para el buen fin de la diligencia» estará obligado a colaborar en la investigación.
Sin duda un cambio que levantará muchas ampollas, pero que con la importancia actual que ofrece la utilización de los medios tecnológicos se antoja casi necesario.